El presidente ordenó pausar la implementación y abrir una ronda de consultas, tres días después de que diputados de VOS acudieran a la Corte de Constitucionalidad y el mismo día en que su ministro de Finanzas admitió que el Gobierno falló al comunicar la medida.
El presidente Bernardo Arévalo anunció el lunes 7 de septiembre de 2026, en la conferencia La Ronda, que queda suspendida la implementación de los cambios en Guatecompras. El Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) reabrirá consultas con los sectores que denunciaron un retroceso en la fiscalización de las compras del Estado.
¿Qué anunció exactamente el presidente?
Arévalo indicó que el ministro de Finanzas Públicas, Jonathan Menkos, formalizará la suspensión y la apertura de una nueva ronda de consultas.
“El ministro anunció en una entrevista que […] vamos a suspender la implementación para permitir una ronda de consultas y que todo el mundo vaya verificando que efectivamente este es un mecanismo que no obstaculiza de ninguna manera la fiscalización”, afirmó el gobernante.
El mandatario atribuyó la controversia a una “confusión alimentada por la desinformación” y sostuvo que el Ejecutivo no busca restringir la fiscalización de periodistas, organizaciones sociales ni ciudadanos.
Según Arévalo, los ajustes pretenden agilizar la localización de información relevante y proteger los datos de personas que no mantienen ni han mantenido relaciones contractuales con el Estado.
¿Qué cambió en el portal y desde cuándo?
El 21 de julio de 2026 entró en operación una modificación en la funcionalidad “Buscar un proveedor”, aplicada por la Dirección General de Adquisiciones del Estado (DIGAE), del Minfin.
Hasta entonces, la herramienta funcionaba como un buscador general: con un Número de Identificación Tributaria (NIT), un Código Único de Identificación (CUI) o un nombre completo era posible localizar a cualquier persona inscrita en registros tributarios.
Desde esa fecha, los resultados se concentran en personas individuales o jurídicas que registren vinculación con procesos de contratación: adjudicaciones en eventos con Número de Operación Guatecompras (NOG), adquisiciones publicadas con Número de Publicación Guatecompras (NPG) o antecedentes como vendedores o contratistas del Estado.
El 20 de julio, según explicó el viceministro de Transparencia Fiscal y Adquisiciones del Estado, Carlos Melgar, el portal dejó de mostrar la base de contribuyentes inscritos en el Registro Tributario Unificado (RTU). Esos datos llegaban a Guatecompras por un convenio que el Minfin firmó con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) hace unos 12 años.
¿Por qué los cambios generaron tantas críticas?
Porque la crítica no fue sobre los documentos publicados, sino sobre la capacidad de cruzar datos, que es justamente donde se detectan las señales de riesgo en una licitación.
El diputado Orlando Blanco explicó que antes era posible consultar y cruzar alrededor de 9.3 millones de registros entre Guatecompras y la SAT, y que con el nuevo esquema el universo se reduce a unas 600 mil personas vinculadas directamente con ofertas o contratos. A su criterio, esa reducción dificulta identificar relaciones entre contratistas del Estado y otras empresas.
Ese cruce es el que permite detectar patrones: empresas distintas con el mismo representante legal, el mismo contador o direcciones compartidas; oferentes que compiten entre sí pero pertenecen al mismo grupo; o proveedores recién constituidos que ganan contratos millonarios.
Es el método con el que se han sostenido investigaciones sobre contratistas de obra pública como las de las Escuelas Bicentenario, y también el que alimenta las herramientas periodísticas que rastrean el comportamiento de las compras directas en los ministerios.
El Cacif lo planteó en términos institucionales. El 3 de septiembre, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras expresó su “firme rechazo” y calificó las modificaciones como “un retroceso en las prácticas de un gobierno abierto” que comprometen los estándares de transparencia de la administración pública.
“Toda reforma normativa debe fortalecer y facilitar, nunca limitar, los mecanismos de control ciudadano que garantizan la integridad en el uso de los recursos públicos”, señaló la entidad, que pidió revertir los cambios.
También se pronunciaron el Consejo Nacional Empresarial (CNE), que pidió al Gobierno actuar con “absoluta congruencia y coherencia” en su bandera de transparencia, y la asociación civil Poder Ciudadano, que anunció que preparaba una acción legal.
¿Por qué se dice que estaba mal planteado?
Por el orden de los hechos. La medida se aplicó primero y se explicó después.
El cambio operó desde el 21 de julio, pero el Minfin lo comunicó públicamente el 17 de agosto, tres días después de que Prensa Comunitaria publicara una investigación sobre las limitaciones en Guatecompras, el SIGES y el portal del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
Ese primer comunicado presentó el ajuste como una “optimización” y aseguró que no se había eliminado, modificado ni restringido información de publicación obligatoria. La dimensión real apareció después: el oficio DIGAE-587-2026, fechado el 24 de agosto y firmado por la subdirectora técnica Xiomara Lorena Morales Gordillo, reconoce que la búsqueda quedó reducida a poco más de 590 mil registros y que alrededor de 8.4 millones dejaron de mostrarse por esa vía, según documentó Prensa Comunitaria.
A eso se suma un vacío formal. En el memorial del amparo, los diputados afirman que solicitaron los dictámenes jurídicos y técnicos que respaldaban la modificación y que las autoridades respondieron que los enviarían a las oficinas de la bancada. Los accionantes sostienen que la ausencia de esos dictámenes contradice la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento.
El propio ministro lo reconoció el 7 de septiembre en el programa ConCriterio: el Gobierno falló en comunicar los cambios y el proceso dejó lecciones sobre la necesidad de dialogar con quienes usan la herramienta.
¿Por qué no quedó claro qué información se seguía pudiendo consultar?
Porque las versiones oficiales se movieron en pocas semanas.
El Minfin primero afirmó que no había restricción de información. Después admitió que el buscador dejó fuera aproximadamente 8.4 millones de registros. Luego habilitó nuevas funciones y sostuvo que el portal quedaba mejor que antes.
Las cifras públicas también difieren según quién las cita. Menkos habló de más de nueve millones de registros de personas sin vínculo con compras públicas y de alrededor de 800 mil proveedores y contratistas registrados. Melgar mencionó 8 millones de personas en el RTU. El oficio de la DIGAE fijó el nuevo universo en 590 mil. Blanco lo calculó en 600 mil.
Ninguna de esas cifras se contradice de forma absoluta, porque miden conjuntos distintos: registros del RTU, proveedores históricos y personas efectivamente localizables por el buscador. Pero la falta de una cifra oficial única y de un documento técnico publicado hizo que cada sector defendiera su número.
El argumento de rendimiento tampoco llegó con datos públicos
El Minfin justificó el ajuste en la necesidad de fortalecer disponibilidad, estabilidad y seguridad de una de las funcionalidades más usadas. Melgar detalló que el sistema registraba hasta 600 mil búsquedas al mes y que un análisis determinó que la herramienta se usaba para fines distintos a la contratación pública, entre ellos consultas de bancos para gestión de créditos.
Analistas citados por el portal República sostuvieron que la decisión carecía de una justificación técnica suficientemente sólida y que no se presentaron datos que demostraran que el sistema enfrentaba problemas de una magnitud que exigiera esa restricción.
Esa es la brecha central del caso: el diagnóstico se afirmó, no se publicó.
¿Por qué se temía que la medida se usara mal?
Por tres razones concretas, y ninguna requiere suponer mala fe.
Primero, quién controla la puerta. La misma dependencia que por ley debe facilitar el acceso público a la información de los sistemas de adquisiciones fue la que redujo las posibilidades de consulta. Los diputados califican eso de contradictorio en su memorial y reconocen que la DIGAE sí tiene facultad para modificar el sistema, pero sostienen que esa atribución está limitada por la Constitución, la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley de Acceso a la Información Pública y el Reglamento Orgánico Interno del Minfin.
Segundo, el patrón acumulado. El 28 de abril de 2026, la SAT modificó la consulta del RTU y comenzó a exigir la fecha de nacimiento de la persona o la de constitución de la empresa junto con el NIT, un dato que antes no era necesario, según documentó Ojoconmipisto. Las autoridades insisten en que los cambios de Guatecompras son independientes de las decisiones de la SAT; conviene registrar, sin atribuir intención, que Menkos preside el directorio del ente recaudador.
Tercero, el tamaño de la evidencia que sostenía la medida. El diputado José Chic consultó a Melgar cuántas solicitudes ciudadanas habían motivado la restricción. Según el legislador, el funcionario indicó que habían recibido al menos cinco correos electrónicos. Chic cuestionó públicamente cómo se verificó la autenticidad de esos solicitantes.
Melgar había planteado que las comunicaciones “no son tantas”, pero que llegaban mensajes de personas que decían: “yo nunca le he vendido al Estado, no soy proveedor, ¿por qué aparece mi nombre ahí? Por favor, quíteme”.
La objeción de fondo de los diputados Chic y Jairo Flores fue política: afirmaron que los “únicos felices” con los cambios eran las estructuras corruptas, porque el portal permite evidenciar posibles simulaciones en los procesos de licitación.
¿Cuál era el argumento del Minfin?
El ministerio sostuvo que Guatecompras es, por definición legal, un sistema de información de contrataciones y adquisiciones del Estado, no un directorio de la población.
“Guatecompras no es un Facebook, no es un directorio como si fuera una guía telefónica. Guatecompras tiene una misión y es mantener informada a la sociedad sobre su relación con proveedores y contratistas del Estado”, declaró Menkos el 2 de septiembre.
El ministro, que también ha defendido públicamente los niveles de ejecución presupuestaria de esta administración, señaló que entre los datos expuestos podían quedar el Documento Personal de Identificación (DPI) y el NIT de personas sin relación comercial con el Estado, y que el problema había persistido durante años. Sobre las empresas vinculadas al caso B410, afirmó que las que hayan sido contratistas del Estado seguirán apareciendo en el sistema.
Melgar añadió que se incorporaron funciones para relacionar contratistas, oferentes no adjudicados y representantes legales, incluida la posibilidad de identificar como “bandera roja” a los “eternos perdedores”: quienes presentan ofertas y nunca ganan.
Ese argumento tiene respaldo entre especialistas en acceso a la información. Lilian Sierra, quien dirigió la Secretaría de Acceso a la Información de la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos entre 2020 y 2022, planteó que el artículo 4 Bis de la Ley de Contrataciones del Estado obliga a que la información de adquisiciones esté disponible en Guatecompras de forma pública, irrestricta y gratuita, pero que eso no implica que el Estado deba mantener publicada la información de todas las personas con NIT.
“Desde el punto de vista de protección de datos se han vulnerado derechos de personas que no tienen una relación de negocios con el Estado”, señaló Sierra, quien a la vez advirtió que en Guatemala no existe una autoridad con capacidad real de sanción para garantizar el acceso a la información.
Es decir: había un problema legítimo de protección de datos. Lo que quedó sin resolver fue por qué la solución elegida costó capacidad de fiscalización y por qué no se consultó antes con quienes usan la plataforma.
¿Por qué el Gobierno tuvo que ceder?
Porque la presión escaló de lo mediático a lo judicial en menos de una semana, y porque el costo político tocaba la bandera principal de la administración.
La secuencia es clara. El 1 de septiembre, la DIGAE emitió el Comunicado No. 128 con nuevas funcionalidades: cobertura ampliada del buscador a todos los oferentes, adjudicados o no; un buscador específico y una pestaña de “Representaciones” para verificar a qué empresas está vinculada una misma persona como representante legal; y consolidación en la pestaña “Participantes” de competidores, adjudicados, integrantes de Juntas de Licitación o Cotización, supervisores y dictaminadores.
No alcanzó. Esos ajustes restituyeron parte de las rutas de fiscalización, pero no devolvieron el acceso al universo de más de nueve millones de registros disponible antes del 21 de julio.
El 3 de septiembre llegaron el rechazo del Cacif y una postura de repliegue del Minfin: Melgar dijo que la disputa la resolvería un tribunal. “Respetamos la postura de la prensa, ahora que ya hay un amparo de por medio, habrá un tribunal que dirima quién de los dos tiene la razón”, declaró.
El 4 de septiembre, los diputados Orlando Joaquín Blanco Lapola, Jairo Joaquín Flores Divas y José Alberto Chic Cardona, de la bancada Voluntad, Oportunidad y Solidaridad (VOS), presentaron un amparo en la Corte de Constitucionalidad contra Menkos, Melgar y Morales Gordillo. Pidieron un amparo provisional para que el portal volviera a su estado anterior mientras se resuelve el fondo.
“Les hicimos el llamado para reflexionar, les solicitamos que dieran marcha atrás, pero no quisieron”, resumió Blanco.
El 7 de septiembre, con el amparo en curso, tres pronunciamientos del sector privado y la sociedad civil sobre la mesa y un reconocimiento propio de falla comunicacional, el Ejecutivo suspendió la implementación. Un amparo provisional otorgado por la CC habría impuesto la reversión por vía judicial; la suspensión voluntaria permite conducir el proceso desde el Minfin.
El contexto agrava el costo. Este Gobierno ya arrastra tensión con el Congreso por los alcances de la fiscalización, cargó con los hallazgos de la Contraloría General de Cuentas por más de Q2,814 millones en su primer año, vio caer el presupuesto 2026 por ocho amparos otorgados en la Corte de Constitucionalidad y acaba de presentar un presupuesto 2027 de Q192 mil millones que enfrenta su propio escrutinio. Una controversia sobre opacidad en compras públicas es, para esta administración, la más caro de sostener.
¿Qué sigue y qué queda pendiente?
El Minfin debe formalizar la suspensión y definir el alcance exacto de la pausa. No está publicado si el buscador regresa al estado previo al 21 de julio, si se mantienen las funciones incorporadas el 1 de septiembre o si aplica un esquema intermedio durante las consultas.
Tampoco hay fecha de inicio, duración, metodología ni lista de participantes de la ronda de consultas, ni compromiso público de divulgar los dictámenes técnicos y jurídicos que motivaron la modificación original.
El amparo sigue vivo en la Corte de Constitucionalidad. La suspensión anunciada por el Ejecutivo no extingue la acción: el tribunal debe resolver sobre el amparo provisional y sobre el fondo, y una eventual resolución podría fijar criterio sobre hasta dónde puede una decisión administrativa modificar el acceso a información de compras públicas.
Tres señales que conviene vigilar en los próximos días: el comunicado formal de la DIGAE con el alcance de la suspensión, la resolución de la CC sobre el amparo provisional, y si el Minfin publica el diagnóstico técnico que hasta ahora solo ha descrito.
Menkos ya fijó el plazo que se autoimpuso: “Escuchamos y entendemos las preocupaciones de ambos lados y vamos a buscar la forma de solucionar, en el corto plazo, lo que nos están advirtiendo”.










