El Congreso de Guatemala envía a análisis la prórroga para instalar limitadores de velocidad en transporte pesado y de pasajeros

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El pleno del Congreso de la República decidió este martes no aprobar de urgencia nacional la iniciativa 6717 y la remitió a la Comisión de Defensa Nacional para un análisis detallado. La propuesta busca modificar la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial (Decreto 45-2016) y extender hasta el 31 de marzo de 2027 el plazo para que el transporte de carga pesado (más de 3.5 toneladas) y el transporte colectivo extraurbano de pasajeros instalen el Sistema Limitador de Velocidad (SLV).

La normativa, vigente desde 2016 pero con sanciones activadas recientemente por el Acuerdo Ministerial 69-2026 (del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda – CIV), limita la velocidad máxima a 80 km/h en estos vehículos para reducir accidentes de tránsito, principal causa de muertes en carreteras guatemaltecas.

¿Por qué se pospone la aprobación de urgencia?

Aunque diputados de varias bancadas —incluido el presidente del Congreso, Luis Contreras (impulsor original de la ley en 2016)— se habían comprometido con transportistas a finales de febrero a aprobarla rápidamente y evitar un paro nacional, el pleno priorizó otros temas urgentes.

Miembros de bloques legislativos confirmaron que existe acuerdo general para otorgar la prórroga, pero la falta de consensos en la elección de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) retrasó la agenda del martes. Las negociaciones continúan.

Cambios clave que propone la iniciativa 6717

La propuesta incluye alivios prácticos para el sector:

  • Nuevo plazo definitivo: Instalación obligatoria del SLV hasta el 31 de marzo de 2027.
  • Simplificación de requisitos: Eliminación del certificado de inspección del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil para las primeras renovaciones de licencias de operación. Basta con una declaración jurada del propietario confirmando la instalación.
  • Exoneración de multas iniciales: Quienes no cumplan al entrar en vigencia la reforma quedarán libres de sanciones por ese período.

Estos puntos serán estudiados por la Comisión de Defensa Nacional antes de emitir dictamen y regresar al pleno.

Contexto: Una ley de 10 años con sanciones recién activadas

El Decreto 45-2016 y sus reformas buscan combatir el exceso de velocidad, factor clave en siniestros viales que involucran buses extraurbanos y camiones de carga. Sin embargo, la implementación plena se ha pospuesto varias veces por costos de instalación, falta de talleres certificados y resistencia del gremio.

El Acuerdo Ministerial 69-2026 (publicado en enero y vigente desde el 2 de marzo) estableció multas progresivas (de 5 a 10 salarios mínimos, Q21,000 a Q42,000 aproximados), suspensión de líneas por 6 meses e incluso cancelación de autorización por reincidencia.

Tras amenazas de paro, el Ejecutivo mantuvo inspecciones en rutas, pero el Legislativo intervino prometiendo la prórroga para dar tiempo al sector.

¿Qué sigue ahora?

La Comisión de Defensa Nacional deberá evaluar la viabilidad técnica, económica y de seguridad vial de la extensión. Si emite dictamen favorable, el proyecto regresará al pleno para lecturas y posible aprobación.

Mientras tanto, transportistas evitan sanciones inmediatas, pero la presión por cumplir la norma de seguridad sigue latente.

Luis Contreras, defensor histórico de la medida, insiste: el objetivo es salvar vidas en las carreteras sin asfixiar al sector productivo.

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