El Este viernes se llevó a cabo una reunión extraordinaria del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE) presidida por el Licenciado José Luis Vásquez, Gobernador Departamental de San Marcos, en la que se estableció una comisión para la recepción de expedientes de aspirantes al cargo de Gobernador Departamental.
“Estamos dando cumplimiento a lo que establece la ley y la convocatoria emitida por el Presidente de la República Dr. Bernardo Arévalo, para realizar esta reunión extraordinaria para que las Organizaciones No Estatales se conformen en una comisión receptora de expedientes de aspirantes a optar al cargo de Gobernador o Gobernadora del departamento y el pleno del CODEDE, ha dado fe y avalado el procedimiento enmarcado en la ley. Seguiremos todo el proceso correspondiente y se convocará a una nueva reunión extraordinaria según lo establecido en la convocatoria” explicó el Gobernador de San Marcos.
Requisitos para optar al cargo de Gobernador Departamental
El Gobierno de Guatemala anunció los requisitos y fechas claves para el proceso de elección de Gobernadores Departamentales.
La recepción de los expedientes de los candidatos comenzará el 5 de febrero, esto mientras se integran esta semana las comisiones receptoras de expedientes.
El último día que se recibirá papelería para participar en la convocatoria será el 9 de febrero.
Requisitos
Entre los requisitos que debe cumplir un gobernador figuran:
- ser guatemalteco / a
- tener más de 30 años
- hallarse en el goce de sus derechos ciudadanos
- ser domiciliado durante los últimos cinco años anteriores a su designación en el departamento para el que desea optar
- no estar incluido dentro de las prohibiciones contenidas en el artículo 197 de la Constitución Política de la República de Guatemala
- presentar la documentación correspondiente
La nueva modalidad fue adoptada por el Ejecutivo, el cual desde el pasado 30 de enero publicó las reformas a la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Este cambio permite ahora a la ciudadanía presentar objeciones o tachas contra los candidatos al puesto público.
Prohibiciones
El artículo 197 de la Constitución Política de la República de Guatemala detalla las prohibiciones para candidatos a gobernador departamental. Entre estas limitaciones se incluye que no pueden postularse los parientes del presidente, vicepresidente y ministros de Estado, dentro del cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad.
Además de los que fueron condenados en juicio de cuentas y no han solventado sus responsabilidades, los contratistas de obras o empresas que reciban fondos del Estado.
Asimismo, quienes representen o defiendan intereses de personas individuales o jurídicas, quienes tengan relación directa con ministros de religión o culto y de las ternas que escogerán a los aspirantes al cargo.
Elección
El presidente Bernardo Arévalo, en conferencia de prensa del 26 de enero, detalló que una vez que se conforme esta comisión (para analizar expedientes), que sería el lunes 5 de febrero, los integrantes tendrán un plazo de cinco días hábiles (hasta el 12 de febrero) para presentar las propuestas de las listas completas.
La lista completa de las propuestas será enviada al Ministerio de Gobernación y publicada en el Diario de Centro América, así como en la sede de cada gobernación departamental para que toda la gente pueda ver quiénes son las personas que están aspirando a este cargo.
Posterior al día de la publicación, se establece plazo de tres días para presentar objeciones u observaciones.
El consejo departamental convocará a una sesión extraordinaria dentro de los cinco días siguientes para:
- calificación de expedientes
- descargo de observaciones u objeciones
- elección de ternas
Conformadas las ternas, se hará el expediente y remitirá al Presidente de la República dentro de los cinco días siguientes. Siendo esto el 16 de febrero.




