El Cacif, la bancada Vamos y dos ciudadanos cuestionan que Menkos presida el banco central mientras siga siendo diputado, y el tercer amparo también pone en duda su preparación técnica. El Ejecutivo tiene hasta el domingo 4 de octubre de 2026 para entregar su informe a la Corte.
Jonathan Menkos asumió la presidencia del Banco de Guatemala (Banguat) el 1 de octubre de 2026, y en dos días acumuló tres amparos ante la Corte de Constitucionalidad (CC). La Corte dio 48 horas al presidente Bernardo Arévalo para justificar un nombramiento que define quién conduce la política monetaria hasta 2030.
¿Cuáles son los tres amparos contra Menkos?
1. El amparo del Cacif
El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) presentó el primero el 1 de octubre, el mismo día de la juramentación. Lo amplió esa tarde, después de que Menkos tomara posesión.
Sostiene que Menkos ocupa dos cargos públicos a la vez y que su calidad de diputado es un impedimento legal para presidir el Banguat y la Junta Monetaria. Es el amparo que la CC admitió para trámite el 2 de octubre.
2. El amparo de la bancada Vamos
El jefe de bloque de Vamos, Allan Rodríguez, sostiene que el permiso que el Congreso le dio a Menkos en 2024 era para un cargo concreto, el de ministro de Finanzas, y no una licencia general para ocupar cualquier puesto público.
3. El amparo que cuestiona su preparación técnica
El 2 de octubre, Rodilio Barbelí García Orozco y Roselín Eunice García Bautista presentaron un tercer amparo contra Arévalo. Según alegan que Menkos necesitaba autorización del Congreso y cuestionan que cumpla el requisito de “notoria preparación y competencia en materia económica y financiera”.
Es el único de los tres que discute el perfil profesional de Menkos y no solo su condición de diputado. Ese cuestionamiento es un argumento de los accionantes y le toca a la CC evaluarlo. Los mismos accionantes ya habían presentado una acción contra el expresidente Jimmy Morales por la expulsión de la Cicig.
¿Qué le pidió la Corte de Constitucionalidad a Arévalo?
Al admitir el amparo del Cacif, la CC pidió al Ejecutivo un informe circunstanciado. Según el documento citado por La Hora, debe entregarse “dentro del perentorio término de cuarenta y ocho horas”.
Con ese informe, la Corte decidirá si otorga o no un amparo provisional, es decir, si suspende el nombramiento de forma temporal mientras resuelve el fondo. El plazo vence el domingo 4 de octubre.
La CC también notificó al Congreso de la República, que en 2024 le concedió el permiso a Menkos, pero no le fijó plazo. La cronología del requerimiento está en la nota sobre el plazo de la CC a Arévalo por el caso Menkos.
Por qué dicen que Menkos no puede presidir el Banguat
Menkos sigue siendo diputado. Fue electo por Lista Nacional del Movimiento Semilla para la legislatura 2024-2028, pero ocupó la curul solo dos días.
El 19 de enero de 2024, el Congreso aprobó con 100 votos el Acuerdo Legislativo 8-2024, que le permitió ausentarse para ser ministro de Finanzas. En su solicitud, Menkos pidió ausentarse “por el tiempo que dure en mis funciones ejecutivas”. Según la prensa consultada, nunca renunció a la curul.
Los argumentos legales en su contra
Artículo 112 de la Constitución. Prohíbe ejercer más de un cargo público remunerado, salvo excepciones. El Cacif sostiene que Menkos está en esa situación.
Artículos 18, literal g, y 31 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala. El artículo 31 declara que la presidencia y la vicepresidencia del banco son incompatibles con cualquier otro cargo público o privado, salvo excepciones expresas.
El alcance del permiso de 2024. En palabras del Cacif: “Un permiso para ejercer un cargo ejecutivo no extingue la calidad de diputado ni la curul; únicamente suspende temporalmente su ejercicio. Por ello, esta calidad es un impedimento legal”.
El artículo 160 de la Constitución. Rodríguez sostiene que la conjunción “o” con la que la norma enumera los cargos que puede ocupar un diputado (ministro, funcionario del Estado o de entidades descentralizadas o autónomas) apunta a un cargo determinado.
Lo que dicen los analistas
Un exfuncionario del Banguat consultado consideró que el permiso se otorgó para trabajar en el Organismo Ejecutivo, mientras que el Banguat es una entidad autónoma. A su criterio, renunciar a la curul habría despejado la duda.
El abogado Guillermo Cifuentes, ve el tema de otra forma: opinó que los recursos no prosperarían porque Menkos “no está ejerciendo” como diputado. Aun así, consideró que lo correcto habría sido dimitir o pedir un segundo acuerdo legislativo.
¿Qué tiene que ver el presidente Arévalo?
Arévalo es la autoridad señalada en los tres amparos, porque nombrar al presidente del Banguat le corresponde a él. El Gobierno basó la decisión en el artículo 132 de la Constitución y el artículo 28 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.
Lo nombró el 29 de septiembre y lo juramentó el 1 de octubre, junto con José Alfredo Blanco Valdés como vicepresidente y Juan Carlos Catalán Herrera como superintendente de Bancos. Menkos sustituye a Álvaro González Ricci, que presidió el banco de 2022 a 2026.
La defensa del Gobierno y del Congreso
En La Ronda, Arévalo dijo que el permiso “no está ligado al cargo de ministro de Finanzas Públicas” y que Menkos no necesitaba volver al Congreso por una autorización nueva. Se apoyó en el presidente del Congreso, Luis Contreras, quien dijo que el permiso es indefinido.
Según Emisoras Unidas, el Ejecutivo confirmó que analiza los amparos y prepara su respuesta para entregarla a la CC dentro del plazo. También aclaró que la presidencia del Banguat y de la Junta Monetaria no da derecho a antejuicio.
¿Qué pide la oposición?
El Cacif pide, como medida provisional, que Menkos deje de ejercer y que el vicepresidente del Banguat asuma de forma interina. En la sentencia de fondo, pide anular la designación y la toma de posesión, y que Arévalo nombre a alguien sin impedimentos legales.
La bancada Vamos pide que el Banguat y la Junta Monetaria no le permitan ejercer mientras siga siendo diputado sin una autorización legislativa específica para este cargo, y que se anule el nombramiento para 2026-2030.
El tercer amparo pide que la Corte revise tanto la falta de autorización del Congreso como el requisito de preparación y competencia para el cargo.
¿Quién es Jonathan Menkos?
Jonathan Kiri Thomas Menkos Zeissig fue ministro de Finanzas Públicas del 19 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026. Lo reemplazó Débora Alvarado, como se explicó en la nota sobre la nueva ministra de Finanzas y el presupuesto 2027.
Según el Ejecutivo, trabajó en el Banguat, cursó su Programa de Estudios Superiores y dirigió durante una década el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi). También fue miembro de la Junta Monetaria y gobernador ante organismos financieros internacionales.
Como ministro defendió el proyecto de presupuesto 2027 de Q192 mil millones y enfrentó un amparo de la bancada VOS por los cambios en Guatecompras.
Antes de los amparos, el sector privado y algunos analistas ya pedían un perfil técnico para el banco central. Un editorial de República lo llamó en febrero de 2026 “un cuadro eminentemente político”. El debate está en la nota sobre las críticas al perfil de Menkos en el Banguat.
Por qué importa el caso Menkos en el Banguat
El presidente del Banguat también preside la Junta Monetaria, que define la política monetaria, cambiaria y crediticia del país. El Cacif presenta su acción como una defensa de la certeza jurídica y de la correcta integración de esa institución.
Además, el período de Menkos va hasta el 30 de septiembre de 2030, más de dos años después de que termine el Gobierno de Arévalo en enero de 2028.
Qué se sabe hasta ahora
Confirmado: Menkos fue nombrado y juramentado, conserva su calidad de diputado con licencia, hay tres amparos presentados y la CC admitió el del Cacif con un plazo de 48 horas para el Ejecutivo.
En disputa: si el permiso de 2024 cubre cualquier cargo o solo el de ministro, si existe incompatibilidad legal y si Menkos cumple el requisito de preparación técnica.
Pendiente: el informe de la Presidencia, la respuesta del Congreso, el trámite de los otros dos amparos y la decisión sobre la suspensión provisional. El Banguat dijo que actuará “con apego al marco jurídico aplicable”, sin adelantar criterio.






