La señora Orfa Carmela Orozco, presentó una acción constitucional de Exhibición Personal en el Juzgado de Primera Instancia Penal de Quetzaltenango, a favor de su hijo Walter Daniel Sical Orozco, de 28 años, quien está recluido desde ayer en el Centro Preventivo San Marcos, adscrito a la Granja Penal Cantel, acusado de acoso sexual a una niña de 9 años en San Marcos.
¿Qué es una exhibición personal?
El recurso está contenido en la Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 263 y 264 que detallamos a continuación:
El artículo 263 textualmente dice: «Quien se encuentre ilegalmente preso, detenido o cohibido de cualquier otro modo del goce de su libertad individual, amenazado de la pérdida de ella, o sufriere vejámenes, aun cuando su prisión o detención fuere fundada en ley, tiene derecho a pedir su inmediata exhibición ante los tribunales de justicia, ya sea con el fin de que se le restituya o garantice su libertad, se hagan cesar los vejámenes o termine la coacción a que estuviere sujeto. Si el tribunal decretare la libertad de la persona ilegalmente recluida, ésta quedará libre en el mismo acto y lugar. Cuando así se solicite o el juez o tribunal lo juzgue pertinente, la exhibición reclamada se practicará en el lugar donde se encuentre el detenido, sin previo aviso ni notificación. Es ineludible la exhibición personal del detenido en cuyo favor se hubiere solicitado».
El artículo 264 contiene lo siguiente: «Las autoridades que ordenen el ocultamiento del detenido o que se nieguen a presentarlo al tribunal respectivo, o que en cualquier forma burlen esta garantía, así como los agentes ejecutores, incurrirán en el delito de plagio y serán sancionados de conformidad con la ley. Si como resultado de las diligencias practicadas no se localiza a la persona a cuyo favor se interpuso la exhibición, el tribunal de oficio, ordenará inmediatamente la pesquisa del caso, hasta su total esclarecimiento».
Las cámaras de vigilancia de una residencia de la zona 5 de San Marcos, registro el momento en que Sical Orozco acosó y amenazo a una niña de 9 años, hechos que se registraron el jueves 11 de febrero.
El 12 de febrero, la madre de la niña denunció el caso a travez de redes sociales y ese mismo día, interpuso la denuncia al Ministerio Público y la Policia Nacional Civil.
El 13 de febrero, un juez ordenó la aprehension de Walter Daniel Sical Orozco de 28 años. El domingo 14 de febrero, el Ministerio Público con apoyo de las fuerzas de seguridad, realizaron varios allanamientos en San Marcos y San Pedro Sacatepéquez, pero los resultados fueron negativos.
El lunes 15 de febrero, el vehículo donde se conducia Sical fue encontrado abandonado en el kilómetro 145 en la ruta a las cataratas de Chilascó, Baja Verapaz. La alerta de búsqueda estaba dada y las fuerzas de seguridad continuaban con el rastreo en San Marcos y Alta y Baja Verapaz, hasta que fue localizado en Puruha Baja Verapaz en una calle durante las primeras horas del martes 16 febrero y trasladado a la granja penal de Quetzaltenango.
A finales del 2017, cuando era profesor en el colegio La Asunción en San Marcos, habría hecho perder el curso de Ciencias Sociales y Formación Ciudadana a una alumna de 14 años y cuando ella acudió a la recuperación del curso, sucedieron hechos repudiables.
De acuerdo con la víctima, después del examen de recuperación le pidió que la ayudara llevando unos libros, momento que aprovechó para llevarla a los baños del colegio, donde la tocó y la intentó violar.
Por ese caso el Juzgado de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, lo condenó a cinco años de prisión conmutables por el delito de agresión sexual con agravación de la pena.
Fuente: La Voz de Xela