Con 149 votos, los diputados suspendieron ambos impuestos para la gasolina superior, la regular, el diésel y el gas oil. Según estimaciones incluidas en la iniciativa, el galón de superior podría bajar más de Q9 si la rebaja se traslada completa al consumidor.
El Congreso de la República de Guatemala aprobó el martes 22 de septiembre de 2026, con 149 votos y de urgencia nacional, el Decreto 22-2026, que suspende el IDP y el IVA a la gasolina y el diésel hasta el 31 de diciembre para contener el alza internacional de los combustibles.
La medida importa porque toca el precio que se paga en cada gasolinera del país y llega después de semanas de bloqueos, protestas y un subsidio que todavía no se aplicaba en la bomba.
¿Qué aprobó el Congreso sobre el IDP e IVA a combustibles?
El pleno aprobó la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles. Esta ley exonera temporalmente el Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La votación se dio después de que un grupo de diputados presentó una moción para conocer de urgencia nacional la iniciativa 6852, que proponía eliminar ambos impuestos. Durante la discusión, el pleno también aprobó varias enmiendas presentadas por legisladores.
Qué combustibles quedan exentos
Quedan exentos del IDP y del IVA la gasolina superior, la gasolina regular, el diésel y el gas oil. En el caso del IVA, la exención incluye además el alcohol carburante (etanol).
Sobre el IDP, el decreto establece que la exención “será aplicable a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2026”. También aclara que el resto del Decreto 38-92, la ley que regula ese impuesto, sigue vigente.


Sobre el IVA, el texto indica que durante ese período la importación no pagará el IVA en aduana y que las ventas entre operadores de la cadena “no generarán débito fiscal del impuesto, ni conferirán derecho a crédito fiscal al adquirente”.
¿Cuánto bajará el galón de gasolina y diésel?
Según las estimaciones incluidas en la iniciativa 6852, que también difundió la asociación Poder Ciudadano, los nuevos precios a partir de los precios de referencia del 22 de septiembre de 2026 serían:
| Combustible | Precio antes | Precio estimado sin IDP ni IVA | Rebaja |
| Gasolina superior | Q44.00 | Q34.59 | Q9.41 |
| Gasolina regular | Q42.00 | Q32.90 | Q9.10 |
| Diésel | Q47.00 | Q40.66 | Q6.34 |
Estas cifras son estimaciones de la iniciativa, no precios oficiales. El precio final en cada estación dependerá del mercado internacional, del inventario de cada gasolinera y de que la exención se traslade completa al consumidor.
¿Por qué el diésel baja menos que las gasolinas?
La diferencia viene del IDP. Ese impuesto equivale a Q4.70 por galón de superior, Q4.60 de regular y apenas Q1.30 de diésel, como se explicó al comparar el subsidio frente a la eliminación del IDP y el IVA.


Así, al retirar ambos impuestos, el diésel conserva un precio estimado de Q40.66. Esa cifra sigue por encima de los Q39 que fijaba como tope el Decreto 21-2026.
¿Desde cuándo aplica la exención de impuestos a combustibles?
Por haber sido aprobado de urgencia nacional, el decreto entrará en vigencia un día después de su publicación en el Diario de Centro América. Antes debe ser remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción.
Después de su entrada en vigor, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) tendrá cinco días hábiles para emitir el reglamento.
La exención termina el 31 de diciembre de 2026. Desde el 1 de enero de 2027, los combustibles volverán a pagar el IDP y el IVA.
#EnElPaísDCA | El Congreso de la República aprobó, con 148 votos a favor, la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, correspondiente al Decreto 22-2026.
— Diario de Centro América (@DiariodeCA) September 23, 2026
Vía: Manuel García pic.twitter.com/UhXpc0F4yo
Qué cambió con las enmiendas
Una de las enmiendas agregó un artículo nuevo que suspende temporalmente la retención del IVA en pagos con tarjetas de crédito y débito cuando se compren gasolinas o diésel. En la práctica, los operadores de tarjetas no deberán retener ese impuesto.
Otra enmienda reemplazó por completo el artículo 9, que regula las existencias y el régimen transitorio. Este artículo es clave: el combustible adquirido bajo esta exención que permanezca en inventario al 31 de diciembre deberá venderse al consumidor final sin incluir el impuesto restablecido hasta agotarse. Además, los impuestos pagados antes de la entrada en vigencia del decreto no son sujetos de devolución ni reintegro.
¿Quién vigilará que la rebaja llegue a la bomba?
El decreto encarga al MEM, en coordinación con la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) del Ministerio de Economía y con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), supervisar de forma permanente que la exención se traslade íntegramente al precio de venta al consumidor final.
La SAT también deberá emitir las disposiciones administrativas y ajustar el sistema de Factura Electrónica en Línea (FEL) y los registros del Sistema Aduanero Nacional para que las exenciones se apliquen de inmediato. En la FEL se desglosará el beneficio tributario por cada galón despachado, lo que permitirá auditar el traslado de la rebaja.
Pleno del Congreso aprobó este martes 22 de septiembre el Decreto 22-2026, que establece una exoneración temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto de Distribución de Derivados del Petróleo (IDP) a los combustibles, con 149 votos a favor. #urgente pic.twitter.com/cJNHIelnKT
— 26 Televisión (@Tv26Television) September 23, 2026
Prohibido exportar el combustible exonerado
La ley prohíbe exportar, reexportar o sacar del territorio aduanero nacional la gasolina regular, la superior o el diésel que hayan gozado de la exención.
Para evitar abusos, el Consejo Interinstitucional para la Prevención, Combate a la Defraudación Fiscal y al Contrabando Aduanero (Coincon) coordinará operativos contra la defraudación fiscal, el contrabando y el comercio ilícito.
El decreto también establece sanciones para quien no traslade la rebaja al consumidor final, un mecanismo de control que no existía en iniciativas anteriores.
¿Cuánto dejará de recaudar el Estado?
Según estimaciones del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), la suspensión de ambos impuestos tendría un impacto de Q3 mil 318.4 millones, una cifra cercana a los Q3 mil 300 millones que calculó Poder Ciudadano. El Minfin deberá hacer readecuaciones presupuestarias para cubrir los destinos específicos que se financian con esos tributos. Un análisis previo de la Intendencia de Recaudación de la SAT, citado por Prensa Libre, calculó la pérdida entre octubre y diciembre en Q3 mil 430 millones.
Esa cantidad supera los Q2 mil 500 millones del fondo aprobado en septiembre para topar los precios, un mecanismo cuyo costo se analizó al detallar quién paga el subsidio a los combustibles.


¿Por qué el Congreso volvió a legislar sobre combustibles?
El 8 de septiembre de 2026, el Congreso aprobó con 130 votos el Decreto 21-2026, que fijaba precios tope de Q39 y Q41 por galón mediante un fondo de compensación a importadores. Ese mecanismo nunca llegó a reflejarse en la bomba.
Transportistas y comerciantes rechazaron ese esquema y pidieron desde el principio eliminar el IDP y el IVA, como quedó registrado en las reacciones tras la aprobación del subsidio. Mientras tanto, el presidente Bernardo Arévalo pidió la vigencia urgente del precio tope y el pleno tenía pendientes las objeciones a ese decreto.
El próximo dato que se verá en el bolsillo es la publicación en el Diario de Centro América. Un día después empezará a correr la exención. Luego vendrá el reglamento del MEM, en un máximo de cinco días hábiles, y la primera tabla de precios del MEM mostrará si la rebaja de hasta Q9.41 por galón llega completa a la valla de la gasolinera.





