En Guatemala fue aprobada la ley de Protección y Bienestar Animal, bajo el decreto 5-2017.
En el Artículo 62, inciso M, dice claramente:
Infracciones gravísimas: Envenenar o intoxicar a un animal usando para ello cualquier sustancia venenosa o tóxica, sea de carácter líquido, sólido o gaseoso, volátil, mineral u orgánico, así como abandonar sustancias venenosas perjudiciales en lugares accesibles para las personas, animales o ambiente.
Tiene una sanción de 12 salarios mínimos.
PUCHUNGA Y VANESSA fieles amigas perrunas del personal que labora en el Hospital Nacional de San Marcos Dr. Moisés Villagran, han sido envenenadas por SEGUNDA OCASIÓN por personas desconocidas sin amor propio y a otros seres vivos.
Personal administrativo, médico y operativo lamentan, denuncian y exigen justicia ante este repudiable hecho que han sufrido las dos perritas que el Personal de este Centro Asistencial han rescatado y adoptado.
“Se están realizando las averiguaciones correspondientes para dar con el paradero de quienes han cometido semejante acto de maldad. Hacemos saber que ya se han ido detectado a estas personas”
NO MÁS MALTRATO ANIMAL. DENUNCIE
Si conoce algún maltrato animal, denuncie al 110 de la Policía Nacional Civil.